Rehabilitación edificio

Convocatoria de Ayudas a la Rehabilitación del Ayuntamiento de Zaragoza.

El Ayuntamiento de Zaragoza publicó el pasado 9 de mayo una nueva Convocatoria de Ayudas a la Rehabilitación de edificios para el 2019. Estas ayudas están destinadas a obras de eficiencia energética (cambios de ventanas, aislamientos de cubiertas y fachadas….),  mejoras de accesibilidad (instalación de ascensores, eliminación de barreras arquitectónicas, cambios de bañeras por platos de ducha…), así como obras de conservación.
La convocatoria cuenta con un presupuesto de 3.800.000€, un millón más que en la convocatoria del año pasado y se articulan en seis líneas diferentes:
  • Línea 1. Ayudas de Eficiencia Energética en edificios construidos antes de 1980, pudiendo incluir obras de accesibilidad y conservación. La dotación económica de esta línea será de 2.200.000€ y podrán ser beneficiarios Comunidades de Propietarios. Además, como novedad también podrán ser beneficiarios propietarios únicos de edificios que cedan al menos un 30% de las viviendas del edificio a la bolsa municipal de vivienda destinada al alquiler.
  • Línea 2. Ayudas complementarias a unidades de convivencia con rentas limitadas que formen parte de actuaciones que obtengan ayudas de la Línea 1. La dotación de esta linea son 200.000€. Podrán ser beneficiarios los solicitantes que formen parte de unidades de convivencia con rentas iguales o inferiores a dos veces el IPREM, siempre que la vivienda objeto de la subvención constituya su domicilio habitual y permanente.
  • Linea 3.  Ayudas para realizar obras en el edificio a comunidades de propietarios o propietarios de unifamiliares con rentas limitadas o que cedan viviendas a la bolsa municipal de alquiler. La dotación económica de esta línea es de 600.000 euros. Estas ayudas tienen como prioridad apoyar a los edificios que se encuentren en situación de más riesgo socio-económico y técnico (estado del edificio). La valoración favorecerá a edificios con riesgo con riesgo estructural justificado mediante Orden de Ejecución dictada por Urbanismo o un informe técnico que verifique este problema. También se podrán solicitar estas ayudas cuando existan otras deficiencias contempladas en el informe del estado del edificio en materia de conservación, accesibilidad y eficiencia energética.
  • Línea 4. Ayudas a unidades de convivencia con rentas limitadas para realizar obras en el interior de la vivienda. La dotación económica de esta línea es de 300.000 euros. Podrán ser beneficiarios de las ayudas económicas reguladas en esta Línea 4 los y las propietarias o usufructuarios que formen parte de unidades de convivencia con rentas iguales o inferiores a dos veces IPREM ponderadas y siempre que la vivienda objeto de subvención constituya su domicilio habitual y permanente. Las obras que son objeto de estas ayudas son las que permitan suprimir barreras arquitectónicas dentro de la vivienda como cambio de bañera por plato de ducha, obras que mejoren la eficiencia energética como cambio de ventanas o instalaciones de caldera de gas y obras que adapten la instalación eléctrica de la vivienda a la normativa vigente.
  • Línea 5. Ayudas para realizar obras de rehabilitación en viviendas para cesión a la bolsa municipal de alquiler, datada de 300.000 euros. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas económicas los y las propietarias o usufructuarios que cedan su vivienda a la bolsa municipal de vivienda de alquiler, siempre que cumplan con los requisitos de acceso a la bolsa.  Las obras que son objeto de estas ayudas son las que permitan suprimir barreras arquitectónicas dentro de la vivienda como cambio de bañera por plato de ducha, obras que mejoren la eficiencia energética como cambio de ventanas o instalaciones de caldera de gas y obras que adapten la instalación eléctrica de la vivienda a la normativa vigente.
  • Línea 6. Ayudas para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en edificios de titularidad privada, con una dotación económica de 200.000 euros. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas económicas las comunidades de propietarios o los y las propietarias individuales de viviendas o edificios unifamiliares que instalen puntos de recarga de vehículos eléctricos en sus inmuebles. Además, también serán subvencionables la instalación de energías renovables conectadas a los puntos de recarga de vehículos eléctricos.

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el próximo 8 de julio, excepto la línea 5 que será hasta el 31 de diciembre de 2019.

En el caso de que estén interesados en estas subvenciones, nosotros les podemos ayudar y gestionar la solicitud de las mismas.
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